La magistra tomo la decisión luego del pedido de la defensa técnica en donde solicito la aplicación de medidas alternativas a la prisión, los argumentos del Juzgado para negar lo peticionado es porque no se han reunidos los documentos de las imputadas; como el antecedente de las misma en el lado brasileño así como también la fianza presentada por la defensa que consisten en vehículos automotores no constan en los registros de automotores.
Ante tal situación la Jueza negó otorgar la medida, convirtiendo en prisión la detención de ambas mujeres, ordenando que guarden reclusión en la Comisaría 12 de mujeres hasta tanto que sus representantes presente las documentaciones y las condiciones así como dispone el Artículo 248 del Código Procesal Penal donde se establece la imposición de medidas.