En una conferencia de prensa el Juez Fernández en la mañana de este lunes explicó sobre la resolución que otorgaba la prisión domiciliaria a Felipe Diogo Fernandes Días, Ailton Botelho Dos Santos,Marcos Paulo Valdez Pereira, Rafael de Souza, Luciano de Souza Martins y Julio César Gómes. En el expediente no existen elementos probatorios que puedan sostener que los mismo hayan infringido ninguna de las causas que el Ministerio Público utilizó para realizar la imputación y mantenerlos en prisión.
En la situación de cuatro de los procesados, durante el operativo en el Barrio Defensores del Chaco, no fue incautado ni encontrado ningún arma, ni drogas, por tanto la imputación por transgresión "a la Ley de Armas" no se ajusta al proceso y el hecho de Asociación Criminal es un delito cuya pena es mínima, situación que el Juzgado otorgó las medidas que posteriormente tuvo que quedar sin efecto por la oposición del Ministerio Público a cargo del Agente fiscal Abog Marcelo Pecci.
Por otra parte los dos que también inicialmente fueron beneficiados con la prisión domiciliaria, de cuyos poderes fueron incautados dos pistolas calibre 9mm, tampoco pueden afrontar el proceso, porque la defensa presentó el porte y tencia de las armas con el informe de la Dimabel, órgano del estado que otorga la habilitación previa presentación de los requisitos.
Según el Juez, no hay ningún peligro de fuga de los seisporque en el caso de los cinco brasileños cuentan con documentos de Radicación Permanente en nuestro país además poseen varios bienes en nuestro país y no cuentan con ninguna orden de captura en su país de origen.
Ante estos elementos, no existe ninguna razón para que sigan privados de su libertad ya que la Fiscalía no cuenta con los indicios y puede ser considerado como persecución a la inocencia de las personas. Los detenidos se encuentran ya casi un año en la Penitenciaría Regional de Pedro Juan Caballero.
Luego de dejar sin efecto la resolución del Juzgado quedó la decisión del caso en manos de la Corte Suprema de Justicia que debe expedirse en el transcurso de los días mientras tantos los reos deben continuar en sus celdas cumpliendo por hechos que según las pruebas arrimadas a la justicia por la defensa no existen.